Hoy ha sido publicado en el B.O.E. el Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo.
Se trata de la primera modificación, desde su creación en el año 1993, que se introduce en este sistema voluntario de resolución extrajudicial de conflictos entre los consumidores y los proveedores, cuyas características son la gratuidad, la sencillez de la tramitación y la rapidez de la decisión final, o laudo arbitral, que es de obligado cumplimiento para las partes puesto que tiene el mismo valor que una sentencia judicial.
Se crean la Comisión de Juntas Arbitrales de Consumo y el Consejo general del sistema arbitral del consumo.
El Real Decreto regulador del arbitraje de consumo facilita la resolución de las controversias inferiores a 300 euros y establece el arbitraje de consumo colectivo y el arbitraje electrónico.
Su entrada en vigor seproducirá a los 6 meses de su publicación, salvo los artículos 25 y 27 cuya vigencia lo es desde su publicación.
Etiquetas: arbitraje, consumo, INC, real decreto, sistema arbitral
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